Por: Silvia Stang
Para: Diario La Nacion
La Corte Suprema le ordenó a la Anses la devolución de los aportes voluntarios que había realizado un ex afiliado al régimen de capitalización, que gestionaban las AFJP y que fue eliminado a fines de 2008. En el fallo correspondiente a la demanda de Mario Jesús Villarreal, una persona ya jubilada, los jueces resolvieron, por mayoría, declarar la inconstitucionalidad de un artículo de la ley previsional de 2008. Allí, se había establecido un mecanismo para que los aportantes pudieran recuperar el dinero proveniente de haber hecho contribuciones por encima de las tasas obligatorias por ley. La sentencia recuerda que el Gobierno nunca terminó de reglamentar tal disposición legal, por lo que las personas afectadas nunca pudieron ejercer ese nuevo derecho que, en reemplazo del que habían tenido como afiliados a una AFJP, supuestamente creaba la ley. Mientras tanto, la Anses retuvo los fondos bajo su administración. Por eso, la Corte cuestionó que, además de afectarse el derecho del jubilado, el Estado se enriqueciera injustificadamente. “El actor ha sido privado de las sumas que aportó en concepto de aportes voluntarios sin que exista ningún tipo de justificación estatal para hacerlo”, señala el escrito, que agrega que ese accionar “afecta el carácter integral e irrenunciable de la jubilación reconocido en el artículo 14 bis” de la Constitución. En primera y segunda instancia, la Justicia había resuelto en varias causas la devolución de los fondos provenientes de aportes voluntarios o convenidos. Pero la Anses apeló esas resoluciones, al tiempo que no completó la reglamentación que la ley le había ordenado dictar. Con la firma de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda -Elena Highton expresó su disidencia- el fallo afirma que la única manera de reparar la violación de derechos es con la devolución del dinero.